Un juez declaró inconstitucionales las fotomultas en Misiones

«¿Cuál sería la actividad preventiva cuando se permite que el presunto infractor continúe circulando?», se preguntó el juez federal Daniel Alonso en el fallo.

Un entrerriano que regresaba de sus vacaciones fue multado en Misiones, en la ruta nacional 12, por exceso de velocidad. Como ocurre en estos casos, el conductor recién se enteró de la infracción al recibir en su domicilio la copia con la multa y la intimación de pago.

Luego de que el hombre sancionado impugnara por «manifiesta ilegitimidad» el acta de comprobación de infracción emitida y solicitara que se declare su nulidad, el juez federal de Entre Ríos Daniel Alonso determinó que las fotomultas realizadas en las rutas nacionales de Misiones son inconstitucionales e hizo lugar al reclamo del turista. 

El magistrado resolvió de esta manera porque entendió que la modalidad de multas en la provincia no se rige por la metodología que establece el artículo 70 de la ley Nacional de Tránsito, «sino por un sistema automático incapaz de actuar como mecanismo preventivo de siniestralidad vial».

 

 

«En momento alguno se detuvo la marcha del vehículo presuntamente en infracción, no se identificó al conductor, ni tampoco se le retuvo la Licencia de conducir», añadió el juez Alonso en los fundamentos de la resolución.

Y se preguntó: «¿Cuál sería la actividad preventiva cuando se permite que el presunto infractor continúe circulando supuestamente en infracción?».

«Más que el interés en la seguridad y la finalidad de obtener la introyección en los automovilistas de pautas de conducta de respeto a los derechos de los demás, el móvil meramente recaudatorio o fiscalista es el perseguido», consideró el magistrado.

Y completó: «Imputar responsabilidad al titular registral de un vehículo, sin haber realizado el mínimo esfuerzo para individualizar al conductor presuntamente infractor, es como responsabilizar al titular dominial de un inmueble donde se cometió un ilícito por su sola condición de tal».

 

El fallo generó el rechazo del jefe de Gobierno de Misiones, Marcelo Pérez, quien consideró que la del juez Alonso «es una interpretación puntual y vidriosa». «Por otro lado, hay que respetar las jurisdicciones. Nosotros además tenemos leyes provinciales, nadie tiene por qué decirle a la Policía de Chubut o Río Negro como tiene que hacer las cosas»dijo en diálogo con Misiones Online.

El funcionario manifestó: «Es indignante que se metan con la política de seguridad vial en una provincia con altísimas cifras de siniestros viales. ¿Acaso la justicia está protegiendo al infractor? Que pague la multa, porque si hay registro esta persona cometió una infracción. Ahora podemos discutir si está mal notificado pero ¿qué es lo que está custodiando la justicia?».

El fallo completo

Fuente: Infobae