El Gobierno retiró del Senado el capítulo de venta de tierras a extranjeros

El oficialismo decidió acotar el proyecto de Propiedad Privada y sacó el capítulo que proponía habilitar un mayor porcentaje de venta de tierras a extranjeros.

El proyecto que buscaba elevar del 15% al 25% el límite de titularidad extranjera de tierras rurales perdió apoyos clave y el oficialismo optó por mantener la sesión clave de mañana.

El Gobierno decidió eliminar el capitulo de extranjerización de tierras del proyecto de propiedad privada para salvar ese proyecto, que contempla cambios en la ley de desalojos, manejo del fuego y expropiaciones.

La decisión se adoptó en una reunión con bloques aliados luego de que varios gobernadores aliados decidieron mandar a votar en contra de ese capítulo que permitía vender hasta un 25% de las tierras rurales.

Mientras Patricia Bullrich encabezaba una conferencia para anunciar cambios en la venta de tierras a extranjeros —que incluían desde liberar por completo la operatoria hasta actualizar el tope vigente del 15% al 25%—, al menos cuatro legisladores de los que se esperaba un voto favorable comenzaron a dudar y desmintieron que la ex ministra los hubiera dado por confirmados, tal como había sugerido ante los medios.

A esa incertidumbre se sumó, esta mañana, el rechazo público de dos gobernadores hasta entonces cercanos a la Casa Rosada —aunque con marchas y contramarchas—, el tucumano Osvaldo Jaldo y el neuquino Rolando Figueroa, quienes se manifestaron en contra del capítulo en discusión.

Además, una banca del PRO decidió despegarse de la posición de Bullrich al enterarse de que un legislador radical de su misma provincia votaría en contra. El resultado fue un desorden imposible de contener, en una discusión que, como había anticipado este medio el día anterior, dejó de ser técnica para volverse completamente política.

Los artículos que causaron una gran polémica

El texto en cuestión mantenía la prohibición para «la adquisición de tierras rurales por parte de los Estados Extranjeros». Distinto era el tratamiento para «la adquisición de tierras rurales por parte de personas jurídicas, cualquiera sea su naturaleza jurídica o denominación, así como de agrupaciones de colaboración, uniones transitorias de empresas y demás vínculos asociativos, todos ellos con participación estatal extranjera directa o indirecta», casos en los que la operación podría concretarse siempre que existiera «autorización de la provincia donde se encuentre ubicado el inmueble y del Poder Ejecutivo Nacional».

El texto aclaraba, además, que «el Poder Ejecutivo Nacional no podrá delegar esta potestad de autorización en un funcionario con rango menor a Secretario de Estado».

El punto central de la controversia radicaba en otro tramo del articulado, donde se establecía que «la titularidad de tierras rurales por personas humanas o jurídicas extranjeras no podrá exceder, en conjunto, el VEINTICINCO POR CIENTO (25%) de la superficie de las tierras rurales de cada provincia».

El proyecto sumaba también la obligación de que «toda adquisición de tierras rurales por parte de personas humanas o jurídicas extranjeras deberá ser inscripta en el registro inmobiliario de cada provincia consignando en un asiento especial los datos y la nacionalidad del adquirente», y que, en el caso de empresas con participación estatal extranjera, debía adjuntarse tanto la autorización de la provincia donde se ubicara el inmueble como la del Poder Ejecutivo Nacional.