Esta prueba se denomina reconocimiento judicial y tiene por objeto que los jueces tomen su propia percepción y tengan un conocimiento directo de la gravedad del daño ambiental, en este caso del lugar donde más se refleja la falta de escurrimiento de agua.
Este domingo 16 de julio se cumplen 3 años de que un fallo de la Corte establecía un caudal mínimo permanente de 3,2 m3/s en el límite interprovincial de La Pampa y Mendoza y con ello renacía la esperanza de los pampeanos de ver correr el rio Atuel en nuestra provincia.
A tres años de esa sentencia el rio sigue sin escurrir, la provincia de Mendoza sigue sin cumplir las sentencias judiciales y la Corte Suprema de Justicia de la Nación sigue sin hacer cumplir sus pronunciamientos, manteniendo el más absoluto silencio pese a los reiterados pedidos efectuados por nuestra provincia.
Mientras el tiempo pasa la ausencia de agua en nuestro territorio sigue desertificando y degradando el suelo, los habitantes del noreste pampeano siguen sufriendo en forma directa los efectos negativos que la falta de agua produce en su calidad vida y producción de las tierras que habitan.
Así el daño ambiental producido por la provincia de Mendoza al cortar el escurrimiento de agua del Rio Atuel cada día que pasa se vuelve más difícil de detener y por ende de remediar.
Por todo ello el Gobernador de la Provincia de La Pampa, Sergio Ziliotto, encomendó a la Fiscalía de Estado a realizar una nueva presentación ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación reiterando la solicitud de cumplimiento inmediato de la sentencia dictada el día 16/07/2020, solicitando, por ende, que se ordene cumplir a Mendoza con la suelta de agua del rio Atuel a fin de que ingresen 3,2 m3/s en el límite interprovincial.
Asimismo, y a fin de que corroboren la gravedad del daño ambiental y la urgente necesidad de agua requirió que en la misma presentación se invite a los miembros de la Corte Suprema de Justicia de la Nación al cauce pampeano del rio Atuel a fin de que puedan conocer y corroborar en persona la gravedad del daño.