Gobierno Provincial crea EMPATEL, empresa de telecomunicaciones

La empresa de telecomunicaciones que anunció el gobernador Carlos Verna quedará bajo el control del estado provincial y de las cooperativas provinciales. Desde Aguas del Colorado enviaron la solicitud para que se inscriba a Aguas del Colorado S.A.P.E.M. como prestadora de Servicios de Comunicaciones Móviles. 

En el marco del anuncio del gobernador Carlos Verna el pasado jueves en la Legislatura Provincial sobre el proyecto de ley en el cual se propone la creación de EMPATEL S.A.M.P.E.M., una empresa de telecomunicaciones pampeana con la participación accionaria del Estado provincial, de Aguas del Colorado y de aquellas cooperativas que deseen sumarse, el presidente del Directorio de Aguas del Colorado S.A.P.E.M., Juan Carlos Mecca, envió una solicitud de Asignación de Frecuencias del Espectro Radioléctrico para la Prestación del Servicio de Comunicaciones Móviles en la provincia de La Pampa, a la presidenta del Directorio del Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM), Silvana Giudici.

 

La empresa de telecomunicaciones que anunció el gobernador Carlos Verna el jueves en la legislatura quedará bajo el control del estado provincial, con el 51% de participación. Pero será fundamental el rol de las cooperativas.

El proyecto para crear la Empresa Pampena de Telecomunicaciones que envió el gobernador Carlos Verna a la Cámara de Diputados el jueves pasado contempla que las cooperativas pampeanas tengan el 35% de las acciones de la nueva sociedad anónima. Además, la propuesta establece que el control estará en manos del estado provincial, con el 51%, la participación de operadores privados, con el 4%, y de Aguas del Colorado, que opera la fibra óptica, con el 10%.

La iniciativa era un reclamo de las cooperativas desde hace un par de años. Y fue el anuncio más importante del último discurso de Verna en su segundo período al frente del Ejecutivo provincial.Entre las cooperativas la expectativa es grande, auque advierten que para operar en el servicio de telefonía móvil -un anhelo y el desafío más importante para el futuro- es necesario que el gobierno nacional finalmente otorge una licencia para este tipo de empresas.

La nueva empresa se constituirá con n participación mayoritaria estatal, en el marco de la Ley de Sociedades Comerciales, como ya sucede en La Pampa con las empresas Aguas del Colorado Sapem y Pampetrol Sapem que también controla el Estado provincial.

El proyecto de ley propicia otorgar un plazo de 365 días -a contar desde la promulgación de la ley- para que el Poder Ejecutivo dicte el Estatuto Social y realice todos los actos y adecuaciones necesarias para la constitución y puesta en funcionamiento de la sociedad.

Actualmente, la Provincia administra, opera y explota por sí y por intermedio de una sociedad estatal -Aguas del Colorado- una red de telecomunicaciones con una extensión de más de 180 kilómetros de fibra óptica y su tendido se emplaza íntegramente en La Pampa, con una cobertura del 90 por ciento de la población pampeana.

 

EMPATEL: avance en materia de telecomunicaciones 

Aguas del Colorado

Siendo Aguas del Colorado una empresa que cuenta con la infraestructura de transporte necesaria para transformarse en operadora y prestadora de Servicios de Comunicaciones Móviles, Mecca solicita a la ENACOM, atendiendo a la normativa contenida en el artículo 4 del Decreto 1340/16 y en el artículo 11 de la Ley N°27.208, que se inscriba a nombre de Aguas del Colorado S.A.P.E.M., en el registro previsto en el artículo 8 del Reglamento de Licencias de Servicios de Tecnologías de Información y las Comunicaciones, aprobado como Anexo I de la Resolución 697/17, el Servicio de Comunicaciones Móviles (SCM), en los términos dispuestos por el artículo 3 del Decreto 798/16, sustituido por el artículo 7 del Decreto 1060/17, y además, se asigne a Aguas del Colorado S.A.P.E.M. las bandas de frecuencias del espectro radioeléctrico necesarias, previstas por el Anexo II de esa norma y correspondiente al Área de Explotación III, para la prestación del Servicio de Comunicaciones Móviles (SCM).

Con el Estado provincial como principal accionista, Aguas del Colorado S.A.P.E.M. se concibe como una empresa de comunicaciones encargada de, legal y estatuitariamente, la operación, administración y explotación de la red de fibra óptica del Gobierno de la provincia de La Pampa, y habilitada para prestar Servicios de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC) en virtud de la Licencia Única de Servicios de Telecomunicaciones otorgada por Resolución Nº19/2010, de la entonces Secretaría Comunicaciones del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, que la habilita a prestar al público todo servicio de telecomunicaciones, sea fijo o móvil, alámbrico o inalámbrico, nacional o internacional, con o sin infraestructura.

Actualmente la red de telecomunicaciones que administra, opera y explota Aguas del Colorado tiene una extensión de más de 1800 Km de fibra óptica y su tendido se emplaza íntegramente en el territorio de la provincia de La Pampa, encontrándose iluminada en su totalidad y con el complemento de radioenlances de alta capacidad logrando una cobertura de más 90% de la población pampeana.

Además, la red cuenta con troncales con capacidad de 50 Gpbs y ramificaciones con capacidad de transmisión de 10 Gbps y 1 Gbps, distribuyendo en la actualidad un total de 24 Gbps de internet entre cooperativas, cableros y privados, y el Gobierno provincial.

Desde el 2010, Aguas del Colorado posee más de 50 clientes, como Carrier de Internet y administra más de 800 vínculos del Ministerio de Hacienda de la Provincia, Instituto de Seguridad Social, entre otros clientes del Estado provincial.

Resultado de imagen para telecomunicaciones 

Empatel

Verna anunció que será una «Sociedad Anónima con participación estatal mayoritaria, con la participación accionaria del Estado provincial, Aguas del Colorado, las cooperativas que deseen sumarse y de particulares».

En la legislatura se espera una acompañamiento de la mayoría de los bloques. En el texto del proyecto, el Ejecutivo pampeano destacó que «es oportuno enfatizar que la concreción de la iniciativa resultará una herramienta trascendente para la ejecución de políticas de Estado en materia de telecomunicaciones destinadas al bienestar de todos los pampeanos».

Advirtieron que las empresas Movistar, Telecom SA y Claro «tienen rentabilidades exorbitantes y encabezan el ranking de los reclamos de los consumidores debido al deficiente servicio que prestan», agregando que sin embargo, «no invierten en zonas donde la rentabilidad económica es nula o baja. Es necesario que la infraestructura del Estado provincial se ponga al servicio de los comprovincianos para resolver la problemática».

En Empatel, el 51 por ciento de las acciones será para el Estado provincial (Acciones Clase «A»), incorporándose como socia a Aguas del Colorado, ya que tiene la operación, mantenimiento, administración y explotación de la red de fibra óptica -sistema de comunicaciones multimedias- instalada con el Acueducto del Río Colorado que es de absoluta importancia para concretar el objeto social. Participará con un 10 por ciento del capital accionario (Clase «B»).

El rol de las cooperativas prestadoras de servicios públicos pampeanos se concretará con el 35 por ciento del capital social (Clase «C») mientras que las pequeñas y medianas empresas prestadoras de servicio de TV por cable -cableoperadores, Internet y otros servicios conexos, pueden participar en el 4 por ciento del capital social (Clase «C»).

Después de la promulgación de la ley, el Ejecutivo tendrá 365 días para dictar el estatuto social y realizar las adecuaciones necesarias para la constitución y puesta en marcha de la sociedad. La propuesta también propone instruir a los Directores del Banco de La Pampa a proponer la implementación de líneas de créditos preferenciales a las cooperativas de obras y servicios públicos con domicilio en La Pampa para facilitar la integración del capital social de Empatel y/o para realizar los aportes que la sociedad disponga con el fin de concretar su objeto social.

La Sapem, según se establece el artículo 2 del proyecto, «tendrá por objeto realizar por cuenta propia y/o de terceros y/o asociados a terceros, en el país o el exterior, la explotación, comercialización, prestación y promoción de servicios de telecomunicaciones y cualquier otro asociado y/o vinculado a los mismos, bajo cualquier tecnología actual o futura, incluidas comunicaciones de voz, video, datos o cualquier otra modalidad, para servicios urbanos, interurbanos, nacionales e internacionales a través de todo medio de transporte (ondas radioeléctricas, fibra óptica, coaxial, par de cobres, aire, satélite), concretando las obras necesarias a tal fin».

Además, deberá prestar «servicios de radiocomunicación cuyas emisiones se destinen a ser recibidas directamente por el publico en general -servicio de radiodifusión, prestación de servicios de telecomunicaciones entre oficinas o estaciones de telecomunicación de cualquier naturaleza, situadas en el país o en países distintos, prestar servicios de telecomunicación destinados principalmente al intercambio de información por medio de la palabra, sea éste móvil o fijo -telefonía-, y en general la prestación de servicios de todo tipo de transmisiones, emisiones o recepciones de signos, datos, señales, escritos, imágenes, sonidos o información de cualquier naturaleza por hilo, radioelectricidad, medios ópticos u otros sistemas electromagnéticos -telecomunicaciones en general- servicios de comunicaciones móviles, servicios de valor agregado (datos, Internet)».

Podrá adquirir también, entre otros puntos establecidos en el articulado de la normativa propuesta por el oficialismo, «bajo cualquier título, las licencias, frecuencias, permisos, habitaciones y demás autorizaciones, nacionales, provinciales y/o municipales, publicas y/o privadas, la fabricación ensamble y/o producción y en general las demás formas de actividad industrias relacionadas con las telecomunicaciones».

El artículo 6 marca que «para el primer mandato, el Poder Ejecutivo podrá designar Directores a funcionarios públicos de su dependencia, en cuyo caso, los cargos se desempeñarán ad honorem y sin perjuicio del cumplimiento de las obligaciones propias de la función publica» y además, podrá reemplazar a todos o alguno de los directos que presentan al capital oficial, solo por el tiempo que falte para cumplirse con el mandato del Director saliente».