
A partir de un pedido de los comerciantes de la localidad, el Concejo Deliberante de Realicó aprobó la ordenanza 07/2020 que establece que los comercios de elaboración y venta de alimentos, y/o venta de artículos de limpieza, podrán cerrar a las 20 horas.
El Concejo Deliberante de Realicó realizó una sesión extraodinaria en la que trataron proyectos vinculados a los comercios y distintas actividades.
En la oportunidad se abordó la adhesión al decreto provincial que habilita nuevas actividades a partir del lunes 4 de mayo, como servicio doméstico (De 8 a 18 horas), peluquerías, profesionales independientes y comercios en general (De 14 a 18 horas)
Además los ediles evaluaron un pedido de los comerciantes de la localidad acerca de la posibilidad de extender el horario de atención al público en el caso de aquellos que venden alimentos o artículos de limpieza, y se aprobó por unanimidad la ordenanza 07/2020.
Los puntos de la ordenanza:
- Permitir a aquellos establecimientos que tengan como actividad exclusiva la elaboración y/o comercialización de alimentos y/o artículos de limpieza fraccionado, con una superficie que no supere los 40 m2 de atención al público, de 7 a 20 horas.
- El resto de las actividades comerciales exceptuadas del Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio en DNU 297/2020 Art 6°, deberá realizar su actividad en los horarios de 7 a 18 horas.
- Los restaurantes, locales de comidas preparadas y locales de comidas rápidas, podrán vender sus productos, solamente, a través de servicios de reparto a domiciliario hasta las 22 hs; circulando con el correspondiente permiso otorgado por el municipio local. El mismo, será expedido por la Dirección de Controles Urbanos y la Dirección de Bromatología.
La presente ordenanza entrará en vigencia a partir de las 0 hs del día lunes 04 de mayo del corriente año.
El incumplimiento de la misma, será considerado delito contra la salud pública, aplicándose el Artículo N° 205 del Código Penal y el artículo del Código Penal 239.