El IPAV sigue recuperando viviendas en varias localidades

El Instituto Provincial Autárquico de Vivienda (IPAV) oficializó una serie de resoluciones administrativas para recuperar unidades habitacionales en distintas localidades pampeanas. Las medidas, publicadas en el Boletín Oficial, apuntan a adjudicatarios que no habitan las casas o mantienen deudas históricas, con el objetivo de reasignarlas a familias en lista de espera.

En un contexto de alta demanda habitacional, el Gobierno Provincial continúa con su política de control estricto sobre el parque de viviendas sociales entregadas. A través de varios edictos publicados en el Boletín Oficial N° 3710, el IPAV confirmó la desadjudicación y recuperación de casas en Santa Rosa y diversas localidades del interior.

Las acciones administrativas responden a dos causales principales que violan el fin social de estas unidades: la “falta de ocupación efectiva y permanente” por parte del grupo familiar adjudicado y la “falta de pago de las cuotas de amortización”.

Desadjudicaciones

Según la documentación oficial, el organismo provincial ha dictado resoluciones firmes para rescindir actas de tenencia y dejar sin efecto adjudicaciones en los siguientes puntos de la provincia:

  • Santa Rosa: Se rescindió el acta de tenencia de una vivienda del “Plan Plurianual Extracupo” (Zona V) adjudicada a L.H.F., citando como “exclusiva causal” la falta de pago de las cuotas.
  • Victorica: Se dejó sin efecto la adjudicación de una casa del “Plan RUCA” a nombre de T.C. por no habitarla y por deuda. Además, se intimó a C.S.A. a presentar descargo por no habitar una vivienda del Plan FO.NA.VI bajo apercibimiento de rescisión.
  • Catriló: Mediante la Resolución N° 1268/25, se recuperó una unidad del Plan Federal Plurianual adjudicada a D.A. y M.D.C.R.
  • Bernardo Larroudé: Se dejó sin efecto la venta de una casa del Plan FO.NA.VI XII (año 1986) a la familia L. por ambas causales de incumplimiento.
  • Tomás M. de Anchorena: Se procedió de igual manera con una vivienda del Plan FO.PRO.VI I, adjudicada originalmente a F. I.
  • Ataliva Roca: Se intimó a los herederos de un adjudicatario original (E. B.) a regularizar la deuda de una vivienda FO.NA.VI XII para evitar el desalojo administrativo.