El Concejo Deliberante de Parera sancionó la ordenanza mediante la cual adhiere a la Ley Provincial Nº 3466 de Alcohol Cero.
En su articulado, la normativa establece:
•Artículo 1º: Adherir en todos sus términos a la Ley Provincial Nº 3466 de Alcohol Cero, que como anexo forma parte de la presente.
•Artículo 2º: Aplicar lo especificado en el artículo 107 del Código Municipal de Faltas: Ordenanza Nº 11-2008 que determina lo siguiente: El conductor de un vehículo que condujere en estado de intoxicación alcohólica, o bajo los efectos de sustancias psicotrópicas, no recetadas, será sancionado con multa de trescientas unidades fijas (300 U.F.) a tres mil unidades fijas (3.000 U.F.).
En caso de reincidencia, y sin perjuicio de la pena pecuniaria correspondiente, podrá disponer la accesoria de inhabilitación temporal de ciento ochenta (180) días hasta diez (10) años.