La temporada de incendios en la provincia de La Pampa inicia en noviembre hasta fines de marzo, debido que es la época de mayor incidencia y comportamiento más agresivo.
Desde la Dirección de Defensa Civil del Ministerio de Seguridad, se recomienda a los productores rurales prever, a partir del mes de agosto, y hasta octubre inclusive, el mantenimiento de las picadas cortafuego, a fin de evitar males mayores a causa de incendios forestales de las épocas estivales en la Provincia.
La Ley Provincial N° 1354 establece la obligatoriedad de picadas perimetrales cortafuego en los establecimientos rurales de la Provincia. Se entiende por picada cortafuego una franja de terreno, de ancho variable, libre de material ígneo, es decir, en condiciones de arder, entre distintas parcelas de pastizales, bosque y/o monte.
Otra de las recomendaciones, es que en los meses de agosto-septiembre y octubre se realice el repaso de las picadas contrafuegos, con vistas a la temporada de incendios durante la época estival. Aquellos establecimientos que requieran de la reapertura de las picadas, por presencia de arbustivas y/o vegetación de porte mayor, pueden realizarlo durante todo el año.
También se recomienda a los productores rurales ponerse en contacto con la Dirección de Recursos Naturales, a fin de asesorarse sobre normativas y/o planes vigentes.
De las tareas a realizar en picadas, existen dos que son fundamentales, primero la reapertura en aquellas picadas que están cerradas por la vegetación y deben reabrirse, por presencia de arbustos y vegetación de mayor porte, y segundo el mantenimiento de las picadas que están abiertas y necesitan el repaso o mantenimiento.