La diputada del PRO Celeste Rivas (foto) presentó un proyecto de ley para prevenir la ludopatía infantil en línea en La Pampa.
Las medidas que propone son cuatro: Identificar al usuario mediante una declaración jurada o través del Sistema de Identidad Digital. Prohibir el acceso de los servidores a las plataformas y/o aplicaciones de juegos y apuestas en línea, en el ámbito educativo, cultural, deportivo y recreativo de niños, niñas y adolescentes. Prohibir las publicidades a través de cualquier medio de difusión; y responsabilizar a las agencias de juegos quienes deberán adoptar medidas para impedir el acceso a sus plataformas a menores de edad.
«Este proyecto propone la implementación de un marco legal integral que aborde la problemática de la Ludopatía infantil, estableciendo medidas preventivas, regulatorias y de intervención que salvaguarden los derechos y el bienestar de los niños, niñas y adolescentes», explicó la legisladora.
Define «Ludopatía infantil en línea» como el «patrón de comportamiento de niños, niñas y adolescentes de compra de cajas de botín y juego de apuestas persistente o recurrente que se realiza principalmente a través de internet». Por «Cajas de botín o loot boxes» se entiende a los «elementos que se encuentran en aplicaciones en línea que contienen recompensas virtuales aleatorias que los jugadores pueden adquirir o desbloquear».
En cuanto al «juego de apuestas en línea» los define como «juegos de azar y/o destreza, apuestas deportivas, apuestas en juegos virtuales y apuestas en eventos no deportivos realizados mediante la utilización de plataformas de juego en línea».
El Sistema de Identificación Digital (SID) es la «Plataforma desarrollada íntegramente porel Estado que permite validar la identidad a distancia y en tiempo real con el RENAPER mediante factores de autenticación biométrica».
El fin que persigue el proyecto de ley es «promover la aplicación de medidas preventivas y disuasorias de la ludopatía infantil en línea por parte de la autoridad de aplicación. Concientizar sobre la problemática de la ludopatía infantil en línea».
Medidas
El proyecto de Rivas propone que el Estado provincial implemente medidas disuasivas de los juegos de azar. «Prohíbase en el ámbito educativo de niños, niñas y adolescentes el acceso a través de sus servidores a las plataformas y/o aplicaciones de juego de apuestas en línea y/o aquellas que contienen recompensas virtuales aleatorias que los jugadores pueden adquirir o desbloquear», indica el artículo 9 del proyecto.
«Prohíbase en los espacios culturales, deportivos y recreativos destinados a niños, niñas y adolescentes el acceso a través de sus servidores a las plataformas y/o aplicaciones de juego de apuestas en línea y/o aquellas que contienen recompensas virtuales aleatorias que los jugadores pueden adquirir o desbloquear», detalla el artículo 10.
Mientras que el artículo 11 se refiere a la información: En los espacios escolares, culturales, deportivos y recreativos deberá instalarse cartelería informativa que precise los alcances y objetivos de la presente Ley y de a conocer las vías o medios de contacto que la provincia ha establecido para atender las inquietudes o problemáticas vinculadas a la ludopatía infantil en línea».