Restringen la circulación de camiones en la provincia de Córdoba por el turismo, incluida la ruta 35

La Policía de Córdoba informó que la restricción afectará distintos trazados de la provincia entre este viernes 14 y el sábado 15 de enero. En ambas jornadas, las restricciones serán de 18 a 21.

Debido al movimiento turístico previsto para este fin de semana, en coincidencia con el recambio de quincena de enero, la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) implementará restricciones para la circulación de camiones.

La Policía de Córdoba confirmó que esta disposición afectará distintos trazados de la provincia entre este viernes 14 y el sábado 15 de enero. En ambas jornadas, las restricciones serán de 18 a 21.

La medida regirá para las rutas nacionales que atraviesan la Provincia de Córdoba, a saber: 7, 8, 9, (desde Villa del Totoral hasta la Quiaca), 19, 20, 35, 38 y 158. Cabe consignar que quedan exceptuadas las rutas 36, 60, 148 y Autopista Córdoba – Rosario.

Qué transportes quedan excluidos de la medida

Las autoridades recordaron que quedan excluidas de la restricción, entre otros, los vehículos de: a) transporte de leche cruda y sus derivados, b) transporte de animales vivos, c) transporte de productos frutihortícolas en tránsito, d) transporte exclusivo de prensa y de unidades móviles de medios de comunicación audiovisuales, e) atención de emergencias, f) asistencias de vehículos averiados o accidentados en el lugar del suceso o en el trasladado al punto más próximo a aquel donde pueda quedar depositado, y en regreso en vacío, g) cisterna de trasladado de combustibles y de gas natural comprimido, h) transporte de gases necesarios para el funcionamiento de centros sanitarios, así como de gases transportados a particulares para asistencias sanitaria domiciliaria, en ambos casos, cuando se acredite que se transporta a dichos destinos, i) transporte de medicinas, j) transporte a disposición final de residuos sólidos urbanos, k) transporte que deba circular en cumplimiento directo e inmediato de una orden judicial y l) transporte de sebo, hueso y cueros.

Asimismo, se informa que la restricción rige para las categorías:

N2: vehículos utilizados para transporte de carga con un peso máximo superior a los TRES MIL QUINIENTOS KILOGRAMOS (3.500 Kg), pero inferior a los DOCE MIL KILOGRAMOS (12.000 Kg).

N3: vehículos para transporte de carga con un peso máximo superior a los DOCE MIL KILOGRAMOS (12.000 Kg).

O: Acoplados (incluyendo semiacoplados).

O3: Acoplados con un peso máximo superior a los TRES MIL QUINIENTOS KILOGRAMOS (3.500 Kg), pero que no exceda los DIEZ MIL KILOGRAMOS (10.000 Kg).

O4: Acoplados con un peso máximo superior a los DIEZ MIL KILOGRAMOS (10.000 Kg).

Fuente: El Puntal