El Ente Nacional Regulador del Gas (Enargas) oficializó ayer los nuevos cuadros tarifarios para el transporte y la distribución de gas en todo el territorio nacional, que se aplicarán a los consumos realizados desde el mes próximo.
La Resolución 186/2023 aprobó los cuadros tarifarios para Transportadora de Gas del Sur, la 187/2023 para Transportadora Gas del Norte, la 188/2023 para Distribuidora de Gas Cuyana, la 189/2023 para Camuzzi Gas Pampeana y la 190/2023 para Metrogas.
Asimismo, las resoluciones 191/2023, 192/2023, 193/2023, 194/2023, 195/2023 y 196/2023, fijan las tarifas de Naturgy Ban, Gas Nea, Litoral Gas, Camuzzi Gas del Sur, Gasnor y Distribuidora de Gas del Centro, respectivamente.
Si bien los precios finales varían según las distribuidoras, las subzonas, y la segmentación por capacidad económica de los usuarios, desde el ente regulador se indicó que el aumento en la factura media residencial será del 25 por ciento.
Previamente en marzo pasado, el Enargas había informado un incremento del 28 por ciento en el precio del gas en el Punto de Ingreso al Sistema de Transporte (PIST) pero para efectivizar la suba aún debían publicarse los cuadros de los componentes correspondientes a la distribución y el transporte, lo cual se efectivizó ayer.
Antes de las resoluciones, se requirió la intervención –además del área de Energía- del Ministerio de Economía, la Sindicatura General de la Nación y la Procuración General, para terminar de suscribir la segunda adenda al acuerdo de renegociación del régimen tarifario de transición con las firmas distribuidoras, el cual rige hasta que se termine de renegociar la Revisión Tarifaria Integral (RTI), cuyo plazo para efectuarlo fue prorrogado por un año en diciembre último.
Los aumentos que se publicaron ayer comenzarán a regir cuando se publique el decreto ratificatorio del Poder Ejecutivo a dicha adenda, tras haberse cumplido las instancias de control respectivas, según indican los considerados, lo cual se presume que será en los próximos días pues las tarifas entran en vigencia para los consumos desde el 1 de mayo.
Según indican las resoluciones, de no haberse declarado la Emergencia Energética y Tarifaria a fines de 2019, los cuadros tarifarios hubieran aumentado un 290 por ciento entre abril de 2019 –momento de la última adecuación tarifaria regular- y enero de 2023, en lugar del 44 por ciento que registraron en tal periodo, un porcentaje que se ubica muy por debajo a la inflación registrada del 459 por ciento.
Asimismo, se señala que dicho régimen de transición “redujo la incidencia del gasto en energía de los hogares” reduciendo “significativamente” la pobreza energética entre 2019 y 2021, con 3,5 millones de hogares menos en tal situación.
Esto se traduce en que “se recuperó el servicio público para el 89 por ciento de los hogares que padecieron la pobreza energética en el ciclo 2016-19”, según el Enargas.
Los aumentos previstos en mayo –indicaron- seguirán manteniendo al incremento acumulado de las tarifas desde 2019 por debajo de índices de referencia –que se tomaban en cuenta en la Revisión Tarifaria Integral- de ese mismo periodo como la inflación mayorista y minorista, el índice del Costo de la Construcción y la suba de los haberes jubilatorios.
También se aclara que las variaciones en los segmentos de ingresos medios y bajos se ubicará por debajo del 40 por ciento y 80 por ciento respectivamente de la evolución del Coeficiente de Variación Salarial del año anterior, que fue del 90,4 por ciento, algo que fue estipulado a la hora de la segmentación de tarifas.