Elevan a juicio la causa contra el intendente de Luiggi por el presunto delito de «omisión maliciosa en su declaración jurada patrimonial»

La Fiscalía General de General Pico formalizó la acusación en su contra y solicitó la elevación a juicio oral por el presunto delito de omisión maliciosa en su declaración jurada patrimonial, una figura que contempla la inhabilitación de por vida para ejercer cargos públicos.

La acusación formal fue firmada este lunes por el fiscal general Armando Agüero y el fiscal adjunto Matías Juan, luego de finalizar la etapa de investigación que se había iniciado formalmente ante la jueza de Control, María Jimena Cardoso.

El Ministerio Público Fiscal ratificó que existen elementos de prueba contundentes para sostener que el jefe comunal violó el artículo 268 (inciso 3) del Código Penal al momento de asumir su cargo en el Ejecutivo.

De ser condenado, el jefe comunal podría ser inhabilitado de por vida para ocupar cargos públicos.

El origen del conflicto

La causa penal se inició tras detectarse que Salvadori no incluyó una sociedad comercial de la cual forma parte dentro de la presentación patrimonial obligatoria exigida por el artículo 81 de la Ley Orgánica de Municipalidades de La Pampa.

Ante esto, el fiscal Matías Juan remarcó que el delito se configura por el solo hecho de ocultar o no consignar los bienes o participaciones societarias exigidas por la ley de ética pública.

La estrategia de la defensa

El defensor del jefe comunal, Hernán Salamone, intentará demostrar en el debate oral que no existió un trasfondo delictivo ni un «acto malicioso» por parte del mandatario.

El argumento central de la defensa radica en que la empresa en cuestión se encontraba completamente inactiva. Según el descargo, la sociedad no registraba movimientos económicos, activos ni pasivos, por lo que el intendente habría interpretado erróneamente que no correspondía declararla al no tener valor comercial activo.

El fantasma de la inhabilitación perpetua

Si bien Salvadori no posee antecedentes penales —lo que le permitiría, ante una eventual condena, recibir una pena de prisión en suspenso dentro de la escala que va de los 15 días a los 2 años—, el verdadero peligro para su carrera política reside en la sanción accesoria.

El Código Penal establece para esta figura la inhabilitación especial perpetua para ejercer cargos públicos. De ser hallado culpable por el tribunal de juicio, el intendente quedaría inmediatamente marginado de la función pública de forma definitiva. Con la acusación ya presentada por los fiscales, resta que la Oficina Judicial fije la fecha para las audiencias del juicio oral y público.

Fuente El Diario