Tras la audiencia de ayer donde el intendente de Ingeniero Luiggi fue formalizado por «supuesta omisión maliciosa» en la presentación de su declaración jurada patrimonial, Salvadori dialogó con la 102.5 y Zonal Noticias y dio su explicación de lo ocurrido.
Visiblemente molesto con algunos medios «que están para un solo lado», el mandatario municipal explicó que tenía para este martes 18 de febrero esta audiencia de formalización «a la cual obviamente me presenté».
«Ya me había anticipado mi abogado Hernán Salomone que era una formalidad. Siempre quiero ser claro y me gusta decir las cosas, hay medios que trabajan a medias, que están para un solo lado y sólo reflejan una versión, tergiversando las cosas», indicó molesto.
El jefe comunal salió a aclarar que «la decisión de no declarar una sociedad fue personal y no por recomendación de mi contadora».
En este sentido Salvadori explicó que «a esta SAS no la incluí porque era una sociedad (Sociedad por Acciones Simplificada) nueva creada en octubre del 2023 que no tenía activos ni pasivos, no tenía movimientos, por lo que no consideré necesario declararla».
Al tiempo que descartó que esta omisión fuera «de manera maliciosa».
Salvadori afronta una denuncia por «Supuesta omisión maliciosa» presentada por cuatro concejales de la oposición.
El abogado defensor Hernán Salomone expresó «estoy convencido que no cometió el delito«, y aseguró: «no existen elementos para sostener la acusación».
Ahora se inicia una etapa de presentación de medidas probatorias en esta instancia investigativa para determinar el grado de resposabilidad del intendente frente a esta acusación.
Respecto a la figura legal que podría aplicarse, el fiscal Juan sostuvo que Salvadori, «como todo intendente, al inicio de su gestión, está obligado a presentar su declaración jurada patrimonial. Él, en esa declaración, no incluyó una sociedad comercial de la cual sería titular. Por eso se configura, en principio, el delito de omisión maliciosa, encuadrado en el artículo 268 (3) del Código Penal».
El Código Penal, castiga la omisión maliciosa de bienes en la declaración jurada con penas de prisión de entre quince días y dos años, además de la inhabilitación especial perpetua para ejercer cargos públicos.
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