Postergarán el cobro de energía a los hoteles en La Pampa

La medida es optativa y está dirigida a los  inscriptos en el Registro Provincial de Alojamientos Turísticos. Podrán aplazar el pago de los servicios  posteriores al 18 de marzo de 2020  y  los que le siguen hasta el cese de las restricciones impuestas a su funcionamiento. 

La cancelación de los montos de las facturas diferidas se efectuará hasta en doce cuotas mensuales, iguales y consecutivas, venciendo la primera en el mes de enero de 2021, pudiendo el beneficiario optar por una menor cantidad de cuotas.

No les podrán cortar el servicio. Compensarán a las cooperativas.

Según la información oficial “el Estado Provincial absorberá el impacto financiero que significa el financiamiento del pago de las obligaciones, a los efectos de resguardar los costos de funcionamiento de las distribuidoras de energía eléctrica y asegurar la normal prestación del servicio”.

Se trata de una nueva medida de asistencia a uno de los sectores económicos que ha sido impactado directamente por los efectos económicos que provocó la pandemia de COVID-19.

Las Secretarias de Turismo y de Energía y Minería elaboraron el proyecto que regula el diferimiento de pago de las tarifas eléctricas de los establecimientos hoteleros de la provincia que se encuentren inscriptos en el Registro Provincial de Alojamientos Turísticos.

Los titulares de las empresas  alcanzadas deberán tramitar la inclusión para acceder al  beneficio  ante la Secretaria de Turismo hasta el día 31 de Julio de 2020. El trámite podrán iniciarlo mediante un correo electrónico a: fiscalizacionalojamiento@lapampa.gob.ar o con un whatsapp al número: 2954 55-8618.

La secretaría de Turismo determinará y verificará el cumplimiento de los requisitos y procedimientos y remitirá a la Administración Provincial de Energía la documentación necesaria para habilitar el mecanismo de diferimiento de pago.

Además, la  Administración Provincial de Energía otorgará iguales condiciones de financiamiento a las concesionarias del servicio eléctrico por los montos informados según el listado remitido por la Secretaria de Turismo.

El decreto de diferimiento establece además que los prestadores del servicio de distribución de energía eléctrica en la provincia de La Pampa no podrán disponer la suspensión o el corte del servicio a los establecimientos que, inscriptos en el Registro Provincial de Alojamientos Turísticos (R.P.A.T.), hayan realizado el trámite correspondiente para acogerse al financiamiento dispuesto en el presente decreto.

(Foto ilustrativa)