Un fallo declara inconstitucional el aumento de 5,71% en las jubilaciones de marzo

Luego de la Reforma Tributaria, las actualizaciones en las jubilaciones se calculan según los cambios en salarios y precios.

El aumento de 5,71% en las jubilaciones que entró en efecto en marzo fue declarado inconstitucional. La suba de ese mes debía darse según la anterior fórmula de movilidad, por un valor de 14,5 por ciento.

Así se desprende de lo resuelto por la Sala 3 de la Cámara de la Seguridad Social sobre la ley de movilidad con la formula nueva que entró en efecto en diciembre del 2017. La Sala consideró que el aumento en marzo debería haberse calculado según la movilidad de la ley anterior.

El 14,5% de aumento es lo que corresponde a la formula anterior desde julio hasta el día que se sancionó la ley actual, es decir, 29 de diciembre de 2017. En cambio, la suba que terminó ocurriendo, de 5,71%, corresponde a la evolución del 70% de inflación y 30% de los salarios del tercer trimestre de 2017.

Es decir, los camaristas consideraron que el aumento se debió dar hacia adelante, en vez de hacia atrás. Tomando en cuenta esos períodos semestrales, para el ajuste que se aplicaba en marzo debía corresponder al período julio-diciembre del año pasado, no de acuerdo al último trimestre.

Se espera que el organismo público apele el fallo en la Corte Suprema, por la jurisprudencia que sienta para los pagos a jubilados y beneficiarios de planes sociales.

 

Fuente: Infobae.